Vehículos de Movilidad Personal no son Peatones

Noticias

En los últimos días la Red de Ciudades que Caminan ha sido consultada sobre la regulación de los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por diferentes medios de comunicación y ayuntamientos, como el de Sevilla que acaba de cerrar un proceso de consulta pública para modificar su Ordenanza de Circulación e incluir la regulación de los vehículos de movilidad personal con motores eléctricos. En las siguientes líneas recogemos la posición de la Red de Ciudades que Caminan al respecto.

Los VMP se definen hasta el momento de forma genérica como “vehículos capaces de asistir al ser humano en su desplazamiento personal y que por su construcción, pueden exceder las características de los ciclos y estar dotados de motor eléctrico”. Por todo lo que implica su definición como vehículos, los VMP no pueden ser asimilados a la figura del peatón, independientemente de que estos estén dotados con cualquier tipo de motor o no, y de la potencia que puedan desarrollar.

Los gobiernos municipales deben velar por la seguridad de las personas que caminan, especialmente en las aceras y en el resto de espacios peatonales, ya que estos ámbitos constituyen el único (y muchas veces escaso) espacio público urbano reservado para el peatón.

Siendo las personas que caminan las más vulnerables del sistema de movilidad de nuestras ciudades, preservar su derecho a la vida y a disfrutar del espacio público con seguridad real y percibida debe ser una cuestión prioritaria.

Los gobiernos municipales también deben garantizar la función de las aceras como espacio público, evitando su conversión en meros canales circulatorios: las aceras, además de ser peatonales, deben ser espacios de socialización y deben permitir usos estanciales, ya que en ellas se concentra el verdadero espacio público de las calles con circulación segregada. Estas funciones no son compatibles con un uso circulatorio de las aceras.

Puesto que peatones son también niños y niñas que dan sus primeros pasos en la ciudad, personas ancianas que caminan con apoyos, invidentes, vecinas que se paran en una esquina para saludarse, amigos que se sientan en un banco… nos resulta imposible definir cuál es la velocidad del peatón, por lo que nos resulta inadmisible cualquier regulación basada en limitar la velocidad de los VMP por las aceras y otros espacios peatonales a la velocidad de un peatón.

Puesto que cada calle es singular por su posición, configuración espacial y funciones, nos resulta igualmente inadmisible cualquier regulación basada en la anchura de sus aceras.

En consonancia con lo anterior la Red de Ciudades que Caminan defiende la aplicación de las siguientes normas para la regulación de los VMP:

  • Prohibición de la circulación y aparcamiento de vehículos de movilidad personal en aceras, sin excepción.
  • En el resto de espacios peatonales, dada la complejidad de variantes espaciales y circunstancias sociales, prohibición de su circulación y aparcamiento por defecto, con posibilidad de que cada Ayuntamiento pueda establecer excepciones que atiendan a su realidad local.
  • En espacios compartidos con prioridad peatonal, circulación permitida bajo las mismas normas establecidas para el resto de vehículos.

La Red de Ciudades que Caminan trasladará a la DGT su petición de regular los VMP según lo arriba indicado en su próxima reunión del 5 de febrero, así como en las alegaciones presentadas a la modificación del Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos.

Otras noticias interesantes

Share This